Todo lo que hay que Saber a la hora de contratar un SEGURO

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ARGENTINA –¿ PORQUÉ CONTRATAR UN SEGURO DE AUTOMOTORES ?

Las necesidades de contar con un Seguro de Automotores son básicamente dos:
· La obligación establecida por la Ley de Tránsito N° 24.449 exige la contratación de como mínimo un seguro de Responsabilidad Civil.
· La conveniencia de proteger el patrimonio del asegurado y/o conductor.
Los seguros de Automotores tienen por objeto:
· Proteger el patrimonio del asegurado y/o conductor, ante los daños y perjuicios causados por el vehículo asegurado o por la carga que transporta.
· Indemnizar el daño que sufra el vehículo como consecuencia de Incendio, Accidente y/o Robo o Hurto.

EL PRECIO DEL SEGURO DE AUTOMOTORES

El premio o costo del seguro automotor está compuesto por los siguientes conceptos:
PRIMA PURA: integrada por: a) una tasa de responsabilidad civil (monto variable en función del tipo de vehículo, uso, características, etc.), y b) un porcentaje, determinado por cada aseguradora en relación a su siniestralidad, aplicado a la suma asegurada del casco del vehículo y que varía según el tipo de cobertura contratada.
GASTOS DE ADQUISICION: Es la comisión del Productor- Asesor de Seguro.
GASTOS DE EXPLOTACION: Son los gastos administrativos de la entidad aseguradora.
PRIMA COMERCIAL: Está compuesta por la PRIMA PURA, los GASTOS DE ADQUISICIÓN y los GASTOS DE EXPLOTACIÓN.
DERECHOS DE EMISIÓN: Algunas aseguradoras incluyen un monto por este concepto.
CARGO FINANCIERO: Es el recargo que cobra la aseguradora por financiar el pago del premio.

CÓMO SE DETERMINA LA PRIMA DEL SEGURO

De acuerdo con la política de suscripción o comercialización de cada aseguradora, se pueden tener en cuenta todos o algunos de los siguientes factores:
· Marca y modelo del vehículo: Son factores determinantes. La prima por la cobertura del casco se calcula en función a la siniestralidad y a la suma asegurada o valor del vehículo.
· Uso o afectación del vehículo: El uso o destino del vehículo influye en el costo del seguro. No es lo mismo un taxi, que un remis o que un automóvil particular.
· Ubicación geográfica: De conformidad con las estadísticas siniestrales, se establecen distintas zonas de riesgo. Generalmente se clasifican en ZONAS de ALTO, MEDIANO y BAJO RIESGO, primordialmente en función de la densidad poblacional y del tránsito vehicular.
· Estado civil del asegurado: A modo de ejemplo, cabe señalar que estadísticamente, el número de reclamos es menor entre los casados.
· Género y edad: Según estadísticas internacionales, los hombres, y en especial los jóvenes, tienen mayor cantidad de accidentes y por ende suelen pagar una prima más elevada.
Es conveniente averiguar qué descuentos son ofrecidos por las compañías de plaza antes de adquirir el seguro de su auto. Algunos de los descuentos que suelen ser ofrecidos son: por flota de vehículos, existencia de medidas o dispositivos de seguridad vial, equipamientos o dispositivos antirrobo, Kilometraje anual declarado, por buen resultado, guarda nocturna del vehículo.

¿ QUÉ CUBREN LOS SEGUROS DE AUTOMOTORES ?

RESPONSABILIDAD CIVIL:
Cubre los reclamos que pueda recibir el asegurado por daños causados a terceras personas o sus bienes, ya sean producidos por él o por quien conduzca su automóvil. Asimismo incluye el seguro obligatorio establecido por la Ley de Tránsito Nº 24.449.
Se consideran terceros a todas las personas que no sean familiares (cónyuges o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad), suyos y/o del conductor o socios o que esté en relación de dependencia laboral con el Asegurado y/o el conductor.
COBERTURAS DEL CASCO DEL VEHÍCULO:
Se pueden contratar algunos o todos los riesgos que se detallan a continuación.
ü DAÑOS MATERIALES: Cubre los daños materiales que sufra el vehículo asegurado a consecuencia de accidentes. Cubre, los daños producidos por huelgas, lock-out, o tumulto popular.
ü INCENDIO: El asegurador cubre los daños materiales sufridos por el automóvil como consecuencia de la acción directa o indirecta del fuego, explosión o rayo.
ü ROBO o HURTO: Cubre el robo y el hurto del automóvil o partes del mismo provistas en el modelo original de fábrica. No está permitida la cobertura de robo y/o hurto del auto-stereo o equipo reproductor de sonido.
CONCEPTOS A TENER EN CUENTA
ü COBERTURAS TOTALES y PARCIALES: Cada uno de los riesgos descriptos anteriormente pueden ser cubiertos en forma parcial o total. Para el DAÑO TOTAL, hay dos modalidades de interpretación:
1) Se entiende que el daño es total, si el valor de realización de los restos de la unidad siniestrada no supera el 20% del valor de venta al público al contado en plaza del vehículo asegurado al momento del siniestro.
2) Se considera perdida o destrucción total cuando el costo de reparación y/o reemplazo de las partes afectadas alcance o supere el 80% del valor del vehículo al momento del siniestro.
ü VALOR DEL AUTOMOVIL PARA EL CALCULO DE LA INDEMNIZACION: Al momento del siniestro la aseguradora tomará como valor del vehículo, el valor de venta al contado en plaza de un vehículo de igual marca, modelo, año y características, más los impuestos, tasas y contribuciones que correspondan.
Se tendrá como tope la suma asegurada que se encuentra expresada en el frente de póliza o certificado de cobertura. En el caso de que en el contrato se haya pactado la “cláusula de valor de reposición”, el tope será el valor de venta al contado en plaza de un vehículo de igual marca, modelo, año y características, más los impuestos, tasas y contribuciones que correspondan.
Determinada la existencia de daño total, si la indemnización ofrecida resulta inferior a la suma asegurada, se tendrá opción a que se le reemplace el vehículo por otro de igual marca, modelo y características, haciéndose cargo el asegurador de los impuestos, tasas, contribuciones y gastos inherentes al registro del dominio a favor del asegurado.
ü FRANQUICIAS:
En los siniestros de robo o hurto y/o daños y/o incendio puede existir una porción del siniestro que queda a cargo del asegurado y que se denomina “FRANQUICIA”. Si el valor total del siniestro supera dicho monto, la aseguradora pagará la diferencia entre la franquicia y el valor total mencionado.
ü TITULARIDAD DEL DOMINIO:
Previo a la celebración del contrato, la aseguradora deberá exigir la acreditación de la titularidad dominial de los mismos. El asegurador podrá pactar con el asegurado y/o tomador un plazo no mayor de treinta días a los efectos de dar cumplimiento a lo consignado precedentemente. Si transcurrido el mismo no se acreditare la titularidad del dominio, la cobertura quedará automáticamente suspendida hasta su efectiva acreditación, quedando la prima como penalidad en favor del asegurador.

¿ CÓMO ELEGIR LA ASEGURADORA Y EL PRODUCTOR ?

El precio no es el único punto importante a considerar cuando se contrata un seguro. Debe hacerse hincapié en la situación económica y financiera de la entidad. También es importante el servicio que proveen la aseguradora y el productor que se seleccione. Por lo tanto, al hacer su elección, es importante el conocimiento personal que el Asegurado tiene de la reputación y antecedentes de la aseguradora y del productor.

QUÉ DEBE BUSCAR EN UNA ASEGURADORA

Es importante contar con información que permita seleccionar la aseguradora apropiada. Para ello es conveniente consultar, en primer lugar, cuál es la situación patrimonial o financiera de la entidad y, en segundo lugar, si tiene medidas precautorias de algún tipo o sanciones, vigentes o recientemente dispuestas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).

QUÉ DEBE BUSCAR EN UN PRODUCTOR

Un Productor Asesor de Seguros es un profesional que ejerce la actividad de asesoramiento e intermediación de seguros. Los Productores pueden desarrollar su tarea para una o varias Compañías y su retribución es una comisión que perciben en función de las primas de las pólizas que venden y que efectivamente se pagan.
Para poder actuar como tales, los Productores deben estar matriculados en el “Registro de Productores Asesores de Seguros”, a cargo de la Superintendencia de Seguros de la Nación. Entre sus funciones y obligaciones se encuentra la de asesorar a los potenciales asegurados, por ello es importante que, antes de contratar un seguro, usted lo consulte acerca de los distintos tipos de pólizas a contratar y sus costos.

PUNTOS A TENER EN CUENTA CUANDO SE CONTRATA UN SEGURO DE AUTOMOTORES

· Inicio y fin de cobertura: En el Frente de Póliza debe estar claramente especificado el inicio y el fin de la vigencia de la cobertura.
· Antigüedad del vehículo: Cuanto más antiguo es un vehículo, es más difícil renovar o contratar un nuevo seguro.
· Capital Asegurado: El Asegurado deberá verificar que la suma asegurada se ajuste al verdadero valor del vehículo en el mercado, a fin de evitar el infra o sobreseguro.
· Cobertura de Accesorios: Si se desea cubrir accesorios que no fueran parte del modelo original de fábrica, deberán estar discriminados y detallado su valor en el frente de póliza.
· Franquicias: Tener en cuenta si existen Franquicias o Descubiertos a cargo del Asegurado estipulados en la póliza y si se adecuan a sus necesidades.

¿ QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTRO ?

A. SOLICITAR AL TERCERO LOS SIGUIENTES DATOS:
1. Nombre y apellido, domicilio del propietario del vehículo y del conductor
2. Teléfono
3. Documento del conductor
4. Número de registro, categoría y vencimiento
5. Aseguradora, póliza y vencimiento
6. Vehículo, patente, motor y color
7. Cédula verde
B. Obtener testigos imparciales (Nombre y apellido, número de documento, domicilio y teléfono).
C. Efectuar denuncia policial detallando claramente lo sucedido y consignando los daños producidos. Solicitar copia de la denuncia.
D. No asumir responsabilidades. Tampoco realizar transacciones o acuerdos, el tercero deberá dirigirse a su aseguradora.
E. Contactar al Productor – Asesor de Seguros.
F. Denunciar el siniestro en la compañía de seguros dentro de los 3 días de haber ocurrido el siniestro, acercando copia de la denuncia policial y confeccionando el formulario de Denuncia de Siniestro que ésta le suministre.
G. Documentar por escrito todas las conversaciones y nombres de personas con las que se pone en contacto en relación con su reclamación.
H. Mantener un archivo de todos lo papeles relacionados el reclamo.

¿ QUÉ HACER FRENTE A UNA DEMANDA JUDICIAL O RECLAMO ?

El plazo máximo para efectuar la denuncia es de 3 días. En caso de recibir una notificación de demanda judicial deberá dar noticia inmediata a la aseguradora y enviar toda la documentación pertinente.
La aseguradora asumirá la defensa judicial, salvo que la decline por escrito dentro de los dos días hábiles de recibido la documentación pertinente. Debe otorgar un poder en favor de los profesionales que designe la aseguradora para su representación judicial, a costa de la aseguradora hasta los límites establecidos en las condiciones contractuales.
La dirección del proceso es un derecho-obligación de la aseguradora. Si usted asume su propia defensa sin aviso a la aseguradora, los honorarios de los profesionales que designe quedarán a su cargo