Ya hiciste todos los trámites, acudiste al contrato de garantías propietarias pero en el momento de firmar un contrato de arrendamiento, tanto el arrendador como el futuro inquilino suelen encontrar algunas preguntas inquietantes:
¿Cuánto dura el contrato? ¿Qué pasa si se decide terminar antes de lo estipulado? ¿Qué significa ser garante? ¿Quién es responsable de cada costo? ¿Cómo calcular el aumento?
Hay muchas más cosas de las que crees, la lista puede ser interminable.
Por lo tanto, reunimos las preguntas más habituales y las contestamos en este artículo para evitarte problemas y malentendidos.
¿Cuánto tiempo se puede alquilar una propiedad?
El Código Civil y Comercial de La Nación determina la duración mínima y máxima de los contratos de arrendamiento en función del uso de la propiedad.
En términos de residencia es de 2 a 20 años. Para instalar una oficina, o con otros fines similares: 2 a 50 años. ¿Hay excepciones? Sí, la cláusula mínima no se aplica a las siguientes situaciones:
Proporcionar embajadas, consulados y oficinas centrales para sus empleados extranjeros; una habitación amueblada para fines turísticos, siempre que la estadía no exceda los tres meses (porque ya no se considera un «turista»); exposiciones en ferias; o guardar cosas.
¿Qué pasa si el inquilino decide abandonar antes de tiempo?
Si han pasado seis meses desde la fecha de firma del contrato, y el arrendador ha sido notificado con anticipación a través de métodos verificables como documentos y cartas, el inquilino puede indicar la terminación del alquiler por adelantado pagando una compensación variable.
Entre 6 y 12 meses de contrato la compensación correspondiente equivale a un mes y medio de alquiler.
Entre los 12 meses y la terminación del contrato el monto de la compensación debe ser el precio de un mes de alquiler.
En las circunstancias especiales mencionadas en el punto anterior, la indemnización por desalojo anticipado del inmueble es de dos meses de alquiler.

¿Quién es responsable de cada tipo de gasto?
Comisión inmobiliaria
Esto es diferente en todo el país, pero depende de cada jurisdicción. Por ejemplo, en CABA, al inquilino (solo el propietario) no se le puede cobrar una comisión de alquiler de vivienda, y el máximo no puede exceder el 4.15% del contrato total.
Esto generalmente significa más de un mes de alquiler.
A diferencia de la vivienda, las comisiones de bienes raíces se pueden cobrar a los inquilinos de los alquileres comerciales. Por usos y costumbres, en este caso, la comisión suele ser de un mes por año de contrato.
Autenticación de firma
La tarifa de notarización debe ser pagada tanto por el inquilino como por el propietario. El arrendatario también debe asumir el costo de la certificación del garante.
Informe al Registro de la Propiedad
Estas solicitudes de informes cobrarán a los inquilinos por verificar que no existen restricciones legales, pero cuidado: está prohibido cobrar a los agentes procesadores.
Pagos anticipados
El arrendador puede cobrar al inquilino un máximo de un mes de alquiler y un mes de depósito en cada año del contrato como anticipo al firmar el contrato.
El depósito debe ser devuelto dentro de los 15 días posteriores a la finalización del contrato, siempre que no exista deuda por el servicio a pagar o la propiedad deba ser reparada por abuso.
Este número no se actualizará debido a la inflación, por lo que puede ser un buen hábito fijarlo en dólares estadounidenses.
¿Cómo calcular el aumento?
Esta suele ser una de las áreas más conflictivas entre inquilinos y propietarios, y el lugar más fácil para negociar. Esto sucede porque la ley no establece procedimientos para regular este tema.
Según las costumbres y tradiciones, la previsión de inflación suele ajustarse cada seis meses.
Una forma transparente para que ambas partes lleguen a un consenso sobre los porcentajes crecientes es dejar que se determinen por el promedio o el cambio en el promedio entre uno o dos índices publicados regularmente.
¿Qué significa ser garante?
Si el inquilino no cumple con las regulaciones firmadas, el propietario generalmente requerirá el nombramiento de una tercera persona para que se haga cargo del pago mensual. Esta persona se llama garante.
Por otro lado, una garantía es un activo que puede hacerse cumplir cuando ni el inquilino ni el garante cumplen con la obligación de pago (no confundir con el depósito garantizado que comentamos anteriormente).
Tradicionalmente, el activo es una propiedad ubicada en la misma ciudad que la propiedad de alquiler. Hoy en día, entidades privadas e incluso programas nacionales (como la ciudad de Buenos Aires) brindan más opciones.
Para informarte y obtener todos los servicios que necesitás en materia de alquiler entrá a la web de Alquiler Garantizado.